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Estas bicicletas deberán portar placas y licencia en CDMX: ¿a partir de cuándo?

CDMX obliga a bicicletas eléctricas, scooters y bicimotos a portar placas y licencia tras cambios a la Ley de Movilidad.

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El Congreso de la CDMX aprobó cambios a la Ley de Movilidad que obligan a que las bicicletas eléctricas, los scooters y las bicimotos porten placas y que los conductores cuenten con licencia. Esta medida busca regular el uso de estos vehículos en la capital. Si ya cuentas con una bici eléctrica o scooter o planeas comprar alguno, es importante conocer los cambios que vienen, ya que ahora será obligatorio contar con licencia de conducir y placas para poder circular.

Los llamados vehículos eléctricos motorizados personales (VEMEPE), como scooters y bicicletas eléctricas, se han convertido en una opción común en ciudades con problemas de tráfico y contaminación. Las razones de su crecimiento son claras:

  • Son más accesibles que un automóvil.
  • Requieren menos espacio para moverse y estacionarse.
  • Permiten recorrer distancias cortas y medianas sin depender del transporte público.
  • Ofrecen una alternativa de movilidad con menor impacto ambiental.

Sin embargo, su creciente presencia en calles y ciclovías también ha generado vacíos legales, principalmente relacionados con la seguridad, el control del tránsito y la responsabilidad vial.

La reforma establece que todos los usuarios de scooters y bicicletas eléctricas deberán tramitar una licencia de conducir y emplacar su vehículo. Esta medida aplicará tanto a nuevos propietarios como a quienes ya circulan con un VEMEPE.

La entrada en vigor está prevista para diciembre, y a partir de entonces correrá un plazo de 360 días naturales para que los usuarios regularicen su situación.

Además, la ley introduce una clasificación de los vehículos eléctricos personales:

  1. Tipo A: vehículos con peso menor a 35 kg.
  2. Tipo B: vehículos con peso entre 35 y 350 kg.

Ambos tipos estarán sujetos a los mismos requisitos de registro y licencia, independientemente de su uso personal o comercial. Actualmente, el Reglamento de Tránsito permite que los scooters eléctricoscirculen en ciclovías siempre que no excedan los 25 km/h. El problema es que muchos de estos modelos superan fácilmente ese límite, lo que podría derivar en sanciones, decomisos o restricciones de circulación, especialmente en zonas de alta densidad peatonal.

Con la nueva ley, se espera que las autoridades refuercen los operativos para vigilar el cumplimiento de las normas, lo que hará más estricta la convivencia en ciclovías y calles compartidas. Aunque la nueva ley ha generado críticas entre los usuarios, también plantea beneficios que buscan mejorar el orden y la seguridad vial. A continuación, los principales puntos a considerar:

Desventajas:

  • Costo y tiempo en trámites de licencias y placas.
  • Mayor control por parte de las autoridades de tránsito.
  • Riesgo de sanciones por no cumplir con los requisitos.

Ventajas:

  • Marco legal definido para el uso de scooters y bicicletas eléctricas.
  • Potencial para mejorar la convivencia entre distintos modos de transporte.
Tags: bicicletascdmxciclovíamedios
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