Desde finales de 2025 y ya consolidado en 2026, México vivió uno de esos giros legales que parecen pequeños a simple vista pero que replantean cómo concebimos la identidad familiar. Durante décadas, el orden “apellido paterno primero, apellido materno después” fue casi una regla no escrita en los registros civiles de todo el país. Pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que esa obligación era inconstitucional, lo que hoy permite que madres, padres e incluso las propias niñas y niños puedan decidir cómo quieren que aparezcan sus apellidos en el acta de nacimiento.

El cambio no fue fortuito. Surgió a partir de un caso en el estado de Yucatán, donde la Ley del Registro Civil prohibía registrar apellidos compuestos o más de dos apellidos simples, y también establecía el orden obligatorio. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó esa disposición, y en su resolución del 20 de mayo de 2025 la Corte concluyó que esas limitaciones violaban el derecho a la identidad, la igualdad entre mujeres y hombres y la libertad familiar. La decisión fue publicada oficialmente a finales de 2025 y comenzó a surtir efectos en todo el país.

Lo que hoy parece simple —elegir si el apellido de mamá va antes que el de papá— reúne años de debates sociales y jurídicos. Esta tradicional preferencia por el apellido paterno tiene raíces profundas en estructuras familiares patriarcales que daban por sentado el rol predominante del padre. La SCJN sostuvo que imponer un orden impuesto por el Estado, sin considerar la voluntad de los progenitores o de la propia familia, reforzaba estereotipos de género y atentaba contra derechos fundamentales.
Ahora, las familias mexicanas tienen más margen para construir su identidad en el Registro Civil. Más allá del simple orden de apellidos, esta resolución implica reconocer que cada familia es única y que las decisiones sobre cómo nombrar a una persona recién nacida no deben estar ancladas a tradiciones obligatorias sino a acuerdos familiares libres de discriminación.
En un México que busca equilibrar tradición e igualdad, esta decisión de la Corte abre un abanico de posibilidades que conecta con dinámicas contemporáneas de identidad, género y diversidad familiar. El nombre de una persona es uno de los primeros actos de reconocimiento social y legal que recibe; ahora, ese acto refleja también la autonomía y el respeto a la igualdad entre progenitores.
